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MinComercio y PDVSA avanzan con el plan de verificación de estaciones de servicio

El Ministerio de Comercio Nacional, a través de Sencamer y la Sundde, y la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) avanzan con un plan de verificación de los surtidores de combustible de las estaciones de servicio a nivel nacional. Diferentes equipos técnicos de estas instituciones verifican el correcto funcionamiento de los sistemas de las bombas de gasolina, en aras de garantizar un servicio justo y confiable al consumidor

Este “II Plan de Verificación de Surtidores de Combustible Líquido” abordó este jueves 1 de junio la estación de servicio “Inversiones Maoña C.A.”, mejor conocida como “Plaza La Estrella”, ubicada en la parroquia La Candelaria de Caracas. En los próximos días se ejercerán nuevas acciones en otras estaciones de servicios de la capital, así como también en el resto de las entidades del país.

Al respecto, el Gerente General de Estaciones de Servicio de PDVSA, Gustavo Bravo, resaltó que “el objetivo es fortalecer las actividades de verificación en la red de estaciones de servicio alrededor del territorio nacional, garantizando un control y seguimiento diario al comportamiento del sector”, en defensa y protección de los usuarios finales.

En Caracas, Bravo estuvo acompañado por el Director General de Sencamer, Andrés Aristizábal; el Intendente de Protección de los Derechos Socioeconómicos de la Sundde, Miguel Ramírez; y el Gerente Distrital de Estaciones de Servicio de PDVSA, Raúl Escobar. En tanto, la verificación de los surtidores de combustible estuvo a cargo de técnicos y fiscales de Sencamer y Sundde.

En atención a las siete líneas estratégicas de acción impulsadas por nuestro presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, el ministro de Comercio Nacional, Coronel Antonio Morales, instruyó reforzar la verificación de los surtidores de gasolina, en aras de garantizar que el pueblo venezolano sienta confianza en las mediciones que arrojan los medidores de carburantes en las estaciones de servicio.

Una de las bases legales de este plan es la Resolución N° 280, de fecha 30 de julio de 2004, publicada en Gaceta Oficial N° 38.007, de fecha 24 de agosto de 2004. Este documento establece -entre otros aspectos- la información mínima obligatoria que deben contener los surtidores de carburantes, así como también los errores máximos tolerados en las pruebas realizadas de verificación inicial, periódica y complementaria.