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Sancionan más de 80 clínicas privadas por especular y condicionar el cobro de servicios en divisas
El Ministerio del Poder Popular para Comercio Nacional, a través de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), tras recibir denuncias de la colectividad, ratificó la sanción realizada el pasado cuatro de julio con la aplicación de una multa del 20 por ciento según el cálculo sobre el valor de los ingresos netos anuales a 89 clínicas del país por incurrir presuntamente en los delitos de especulación, condicionamiento y usura.
Asimismo, fueron multados seis centros de salud privados con el 40 por ciento de los ingresos netos anuales por reincidir en los delitos socioeconómicos antes expuestos.
Entre los centros médicos sancionados destacan: Sanatrix, Clínica Ávila, Policlínica Metropolitana, Hospital de Clínicas Caracas, Centro Medico Docente La Trinidad y Clínica Santiago de León, los cuales ya tenían abierto un procedimiento sancionatorio por lo que el porcentaje de la multa es mayor.
Estas clínicas fueron denuncias reiteradamente por usuarios y usuarias, a través de las redes sociales del ministro para Comercio Nacional Willian Contreras, la línea telefónica 0212-615-93-51/9387 y de manera presencial en las oficinas de la Sundde, alegando cobros exorbitantes en los servicios y el condicionamiento de ser pagados en moneda extranjera.
Los centros de salud privados fueron citados a comparecer ante el ente regulador de precios para consignar la estructura tarifaria de servicios y procedimientos, los cuales no fueron entregados en la fecha debida incumpliendo además con la Ley Orgánica de Precios Justos en sus artículos: 49 especulación, 56 condicionamiento y 58 usura, por lo cual fueron sancionadas y el caso remitido a la orden del Ministerio Público para las investigaciones correspondientes
Estos procesos de revisión a centros médicos privados se realizan para garantizar la salud como derecho fundamental, la prestación de los servicios a precios justos y sin condicionamiento, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 83 y la Ley de Precios Justos.