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#ESPECIAL | SAPI hacia la digitalización de procesos de Derecho de Autor

El Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional, se propone para este 2022, desarrollar procesos administrativos, acorde a las nuevas tecnologías y a la imagen actual de la institución, así como difundir el Proyecto de Reforma de la Ley de Derecho de Autor, anunció la recién designada directora nacional, Rosalba Feghali.

Feghali es abogada de la República, graduada en la Universidad Santa María en el año 1997; posteriormente cursó una Especialización en Propiedad Intelectual en la Universidad de Los Andes (ULA), y otra Especialización en Derecho Procesal Civil, estudio que realizó en la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB).

Bajo su dirección también se plantea hacer campañas de difusión, dirigida a los artistas, cultores populares, autores, intérpretes, desarrolladores y demás sujetos de derecho sobre Propiedad Intelectual, tal como lo ha instruido la ministra Dheliz Álvarez.

El Derecho de Autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección las ideas por sí mismas o el contenido ideológico o técnico

Rosalba Feghali, Directora Nacional de Derecho de Autor

Asimismo, explicó que la certificación de Derecho de Autor permite proteger su creatividad, su inventiva, su innovación, “de no hacerlo correrán el riesgo de que otra persona use su obra creativa o invento, sin que puedan hacer algo al respecto”, alertó Feghali.

Este concepto es contemplado por el SAPI, que es el ente rector de la materia en el país, la encargada de todo lo relacionado a la protección de la Propiedad Intelectual (Derecho de Autor, Marcas, Patentes e Indicaciones Geográficas).

Para Feghali esto vas más allá de lo monetario, se trata de proteger una de las mayores virtudes de las personas: la capacidad de crear, inventar e innovar.

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Según la legislación venezolana, el Derecho de Autor abarca derechos: Morales, de Divulgación, Derecho de Paternidad, Revelación e Intimidad, Derecho de Integridad; Arrepentimiento y Modificación, Patrimoniales, Reproducción, Distribución, Derecho de Comunicación Pública y Derecho de Transformación, detalló.

Explicó la funcionaria que aunque el Derecho de Autor se refiere a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística, tecnológica o científica, pues es quien tiene la facultad de crear, se han presentado casos en los que los derechos corresponden a una persona jurídica, y serán considerados como los titulares de los mismos, pero solo en el aspecto patrimonial.

En cuanto a las obras registrables, sostuvo que pueden ser libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualquiera otra obra de la misma naturaleza, los software, las aplicaciones y las composiciones musicales, con o sin letras.

Por otro lado, precisó que aspiran profundizar en la fiscalización e inspección de las entidades de Gestión Colectivas, desarrollar campañas de atención a las comunidades, llevando la Dirección Nacional de Derecho de Autor a la calle, al encuentro con las comunidades, para brindar atención personalizada e incentivar la protección de los derechos culturales del pueblo.

Igualmente, proyectan fortalecer las relaciones con las demás entidades del Estado, como los ministerios del Poder Popular para la Cultura; de Ciencia y Tecnología, y demás instituciones relacionadas con el Derecho de Autor.

La agenda prevista para este año 2022 incluye otro punto importante que es coordinar con la Dirección de Relaciones Internacionales del SAPI las relaciones con los organismos regionales, con competencia cultural y derecho de autor.

Todo esto va en consonancia al relanzamiento de esta área medular del SAPI que durante 2020 concedió 89 certificados de Derecho de Autor, mientras que en 2021 esa cifra aumentó a 178.

América Latina: logros legislativos en Derecho de Autor

Feghali refirió que los países de América Latina han obtenido en las últimas dos décadas importantes logros en el fortalecimiento del Derecho de Autor en el campo legislativo, la consolidación de la gestión colectiva y la difusión de programas de enseñanza del Derecho de Autor en toda la región. Sin embargo, en muchos casos obedecen a entusiasmos coyunturales y no a una visión de política pública de los gobiernos.

Por esta razón, el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (Cerlalc) ha considerado indispensable impulsar el proceso de construcción de una política pública de Derecho de Autor concertada, coherente e integral para los países de América Latina, que involucre a todos los sectores concernientes: los creadores, la industria cultural, el Estado y la sociedad civil.

Finalmente, explicó que instalar el Derecho de Autor en la agenda política de los gobiernos se justifica teniendo en cuenta que por su incidencia en la diversidad cultural, la economía, la generación de empleo, representa un factor importante en el desarrollo de las naciones de la región, y en la generación de riqueza y de bienestar.