Creada a través de la Ley Sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional en el año 1992, como un organismo desconcentrado adscrito al entonces Ministerio de Fomento (Actualmente al MInComercio Nacional) de Venezuela. La Comisión Antidumping y Sobre Subsidios es un órgano colegiado conformado por un Presidente y cuatro vocales con sus respectivos suplentes, los cuales son designados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros. La Comisión se pronuncia mediante decisiones adoptadas por la mayoría absoluta de sus miembros, las cuales agotan la vía administrativa y deben ser publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

CASS

La Comisión Antidumping y Sobre Subsidios (CASS), es un ente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional, el cual tiene como misión Velar por la defensa de relaciones de comercio exterior justo e impedir los efectos perjudiciales que pueden ocasionar las prácticas desleales del comercio internacional o el incremento de las importaciones sobre la producción nacional, así como defender a los exportadores afectados por este tipo de procedimientos en el exterior, contribuyendo al desarrollo del nuevo modelo productivo socialista.

Este organismo fue creado el 18 de junio de 1992, mediante la Ley sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.441.

La CASS realiza las investigaciones relativas a dumping, subvenciones y sustanciación de las investigaciones sobre salvaguardia, de igual manera, defiende a los exportadores afectados por estas medidas en los mercados de exportación.

Cabe considerar, que el término antidumping, se refiere a las medidas que los Estados pueden aplicar sobre las importaciones para eliminar los efectos dañinos de la practica desleal del comercio internacional conocida como dumping, también conocido como discriminación desleal de precios.

De acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley sobre Prácticas Desleales del Comercio Internacional, la CASS tiene asignadas las siguientes competencias:

  • Decidir acerca del inicio, suspensión o conclusión de investigaciones sobre posibles casos de dumping o de subsidios
  • Imponer, cuando sea el caso, derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos.

Además, ejecuta las medidas necesarias para hacer efectivas las decisiones en la materia, dicta su propio Reglamento Interno y publica semestralmente un boletín donde se incluye las decisiones tomadas en el semestre precedente, con las anotaciones que resulten necesarias para su mejor comprensión.